viernes, 26 de octubre de 2012

Los dos testimonios más antiguos de las Fiestas Teresianas de Alba de Tormes (1614)

En el archivo municipal de la villa se guardan dos cartas que –rigurosamente hablando- son los primeros documentos que podemos aducir para la historia de nuestras fiestas teresianas de octubre. Y hasta se les puede considerar, al ser dos cartas del entonces V Duque de Alba Antonio Álvarez de Toledo (1568-1639), como los documentos constitutivos de las mismas desde el punto de vista civil, aunque entonces era muy difícil el separar los ámbitos civil y religioso.
            Tenemos suerte al lograr apoyo histórico para las fiestas teresianas y el poder constatar cómo, llegada la noticia de la beatificación de Santa Teresa (seguramente en torno a mayo de1614), de inmediato se pusieron a trabajar en la villa para organizar lo mejor posible la festividad de la nueva beata (5.10.1614), muerta y enterrada en Alba de Tormes.
            Y lo curioso es que ha sido el consistorio albense quien se ha dirigido primero al Duque recordándole el acontecimiento que se avecinaba y cuanto se podía hacer.
            Las dos cartas del Señor de la villa tienen la misma fecha (12.8.1614), una de ellas en forma de provisión dando permiso para contraer un censo de 2.000 ducados para sufragar los gastos ocasionados, cifra muy considerable para aquel entonces.
            Consideramos ambos documentos de gran valor, porque a falta del libro de las actas municipales del año 1614 que no nos ha llegado, son la mejor prueba histórica de que en Alba hubo todo un movimiento a favor de organizar unos festejos adecuados al lugar que tenía el privilegio de conservar el sepulcro de la nueva beata, como así se mencionaba explícitamente en el breve papal de beatificación.
            Por esta circunstancia la liturgia entonces permitía celebrar el día propio de la fiesta más otra celebración alargada de ocho días, la octava. Ese esquema litúrgico se aplicó en Alba con derecho propio no sólo en el año primero de 1614 (octava que prácticamente se hizo en todos los conventos de España por aquella ocasión especial), sino que se siguió ejecutando en años sucesivos, y es el esquema celebrativo que perdura todavía en nuestros días. En Alba las fiestas teresianas comenzaron siendo desde 1614 en los días 5 al 12 de octubre, y desde 1627 del 14 al 22 del mismo mes, como ahora hacemos. Pero esta costumbre tan particular sabemos que comenzó ya en el mismo año de la beatificación.
            Por la carta del Duque nos enteramos de que el consistorio –naturalmente, de acuerdo con el clero y las monjas carmelitas- había ya trazado como un programa o esquema de actos religiosos y populares (“invenciones” dice el Duque en su epístola), dado que solicita la aprobación por parte del Señor de la villa. Entre otras se habla de:
-          Conseguir pólvora para salvas y fuegos artificiales;
-          diversas comedias públicas a celebrar en la plaza mayor, naturalmente de tema religioso;
-          procesión con la imagen de la nueva beata para la que se proveen pendones, cruces, música, asistencia de parroquias y cofradías, más un estandarte y palio hecho a propósito para la ocasión;
-          el correspondiente aderezo y limpieza de calles;
-          la construcción de arcos votivos y altares por las calles;
-          sin olvidar siquiera el aprovisionamiento de víveres y comida con destino a personas y cabalgaduras;
-          aposentamiento de caballeros y religiosos que vendrán de fuera; a los religiosos carmelitas descalzos que todavía no tenían convento en la villa, se decide hospedarlos en el mismo castillo ducal.
Todas estas medidas previstas no se quedaron en letra muerta, se llevaron a la práctica. Es más, hasta se debe añadir que de la casa del duque en Madrid y de otros palacios suyos se trajeron a Alba para la especial ocasión tapices, cuadros, muebles, ajuar de plata, etc., lo más de ello con el fin de adornar la iglesia de las carmelitas donde estaba el sepulcro. Esto nos lo confirma la lectura de la crónica de las fiestas que se envió desde la villa a Diego de san José para ser incluida junto a las otras relaciones de  festejos en otras ciudades y poblaciones de España, y que sería editada en Madrid, 1615. Aquí se hace una descripción muy detallada mencionando incluso las series completas de tapices que colgaban de las paredes de la iglesia del sepulcro, como también de todos los adornos de palacio y hasta de las máquinas o construcciones ficticias y efímeras que se hicieron dentro de los muros del mismo.
El Duque de Alba aquí mencionado es Don Antonio Álvarez de Toledo y Beaumont, 5º de la saga familiar, que heredó el título por muerte sin descendencia de su tío Don Fadrique (3.9.1585), hijo del Gran Duque y 4º de la serie. Había nacido en Lerín (1568) de Diego Álvarez de Toledo y Brianda de Beaumont. Era, por tanto, nieto del Gran Duque. Casó en 1595 con Doña Mencía de Mendoza Enríquez de Cabrera, de los Duques del Infantado, de cuyo matrimonio nacieron tres hijos: Fernando Álvarez de Toledo y Mendoza, el sucesor; María y Ana Álvarez de Toledo y Mendoza. Además de los numerosos títulos nobiliarios de familia, fue Virrey de Nápoles (1622-1629). Lope de Vega lo hace protagonista de su obra Arcadia. Falleció en Alba de Tormes (29.1.1639) y estuvo sepultado en el monasterio de jerónimos de la villa.
Cuando nos vamos a disponer a celebrar el IV centenario de la beatificación de santa Teresa y, por tanto, también de nuestras fiestas teresianas (2014), merece la pena dar a conocer en su integridad estas dos comunicaciones de la casa ducal, no sólo por la antigüedad del texto, sino también para entender el origen de las mismas, que ya tienen mucha historia, como he intentado demostrar en ese largo y documentado estudio que se acaba de publicar dentro del Libro de fiestas de octubre 2012 (pp. 141-189).
                      FIESTAS DE LA BEATIFICACIÓN  DE  SANTA  TERESA
I
            Carta del Duque de Alba, D. Antonio Álvarez de Toledo y Beaumont, al Concejo de Alba de Tormes sobre las fiestas de la beatificación teresiana en la villa para que se hagan con la debida solemnidad (12.8.1614).
                        *Orig. Archivo Municipal de Alba de Tormes, I.E., 0029.15 (sig. anterior D-3). Texto mutilado al comienzo.
            … y por el deseo que tengo de que la fiesta de la beatificación [de la] santa madre Teresa de Jesús se haga con la mayor solemn[idad] y autoridad posible, he acordado y resuelto ayudaros [de] manera que todo lo que se hiciere y gastare sea por cuenta mía y vuestra, y que desde luego se disponga haciendo cada uno de su parte lo que se le ordenare para que así se acaben las cosas más breve y acomodadamente. = Habéis de conformaros y aunaros con los Oidores de mi Consejo, así los diputados o seglares como eclesiásticos, para que con acuerdo de unos y otros se ponga en ejecución lo que se hubiere de hacer. = Envioos la facultad que me habéis pedido sobre la alhóndiga y esos dos mil ducados que monta se han de juntar con todo lo demás que se sacare de limosnas y de otra cualquier manera, y con lo que yo diere para el dicho gasto .= El palio que ha de ir en la procesión y el estandarte se harán luego aquí por mi cuenta. = Mis tapicerías y otras algunas se llevarán y toda la plata que se pudiere juntar para aderezar la iglesia y los altares; y porque conviene que de esto haya mucha cantidad haréis diligencia allá en Salamanca y adonde más os pareciere para que no falte con que lucir las calles de la procesión.= El Voto que se ha de hacer tomando por abogada a la santa Madre quiero que sea general y hacerle yo en nombre de de mi Casa y de esa mi Villa y todos mis Estados. = La cera que aquellos días se gastare en la iglesia y procesión la e de dar yo y también la pólvora para hacer salva con mi artillería, y aquí se buscarán dos artilleros que vayan a solo eso. = Las comedias han de ser por mi cuenta y si entonces hubiere autor en Salamanca se las daremos en acabando de escribir la de la santa Madre para que vaya a hacerlas. = Vosotros habéis de prevenir toda la música, pendones, cruces, cofradías, clerecía, aderezo y limpieza de las calles, arcos, altares y todas las demás cosas y invenciones que decís en la Relación que el otro día me enviasteis, y lo que [de] demás de ello se ordenare. = Y habéis de hacer que haya en la villa bastante provisión de comida para la gente y cabalgaduras que vendrán de afuera, que será mucha. = En las mejores casas aposentaréis a los caballeros que vinieren, y luego a los Religiosos a quien daréis camas de balde en sus posadas a cuenta de la villa. = En esta conformidad escribo largo a mi Consejo de donde tomareis orden de lo que se os ofreciere, y si en algo tuviereis necesidad de darme cuenta, lo haréis con toda brevedad: que siendo esta ocasión de la importancia y autoridad que se ve, no tendré necesidad de encargaros más que me sirváis en ella, como espero, de tan honrados vasallos, pues esta causa y acción no es menos vuestra que mía. Guárdeos Dios como puede.
En Madrid 12 de agosto 1614.                      El Duque de Alba y Condestable de Navarra.
 
Después de firmada ésta he acordado que los Religiosos se aposenten en mi Casa y se les dé allí de comer y las camas que hubieren menester, en la forma que arriba se dice.
 
II
            Provisión y facultad del Duque de Alba para tomar a censo dos mil ducados de la Alhóndiga, para las fiestas de la beatificación de santa Teresa (12.8.1614)
            *Orig. Archivo Municipal Alba de Tormes, I.E.0029, nº 14; sign. Anterior: leg. V/9.
            Don Antonio Álvarez de Toledo y Beaumont, Duque de Alba y de Hu[escar], Condestable y Canciller mayor del Reino de Navarra, Conde de Lerín y de Salvatierra, Marqués de Coria, Señor de Valdecorneja, etc.
            = Concejo, Justicia y Regidores procuradores y Sesmeros de mi villa de Alba y su tierra: he visto una petición que en vuestro nombre me ha sido presentada en que hacéis relación de que esa dicha mi villa no tiene provisiones ningunos ni género de renta de donde poder ahora sacar dinero, antes se halla empeñada en muchos maravedís que debe de alcances de mayordomos y otras cosas. Y que teniendo consideración a esto, ya que toda esa mi villa y su tierra a Concejo abierto os habéis conformado en que se saquen de el caudal que ahora tiene en la Alhóndiga de esa dicha mi villa hasta en cantidad de dos mill ducados para ayuda de los gastos que ha de haber en la fiesta que habéis de hacer a los cinco de octubre de este presente año por la beatificación de la santa madre Teresa de Jesús, como todo más largamente se contiene en dicha petición, y habiendo considerado lo susodicho y visto las informaciones que de ello habéis hecho, por donde consta ser verdad lo susodicho y que, aunque habéis conferido y tratado que se buscasen otros arbitrios para sacar la dicha cantidad de dinero, ninguno habéis hallado menos dañoso por tener, como tiene, esa dicha Alhóndiga tanta provisión de pan que, aunque se saque lo que montare los dichos dos mil ducados, queda bastante cantidad para todo lo que esa dicha mi villa y su tierra puede haber menester según el gasto que suele tener. Todo lo cual y el ser la causa tan necesaria y del servicio de nuestro Señor y de la santa madre Teresa de Jesús, parece que justifica vuestra petición. Y así he acordado de mandaros despachar esta mi provisión y facultad en forma por la cual os doy licencia, tan bastante como es necesario, para que sobre el caudal y hacienda de la dicha Alhóndiga podáis tomar y cargar dos mil ducados de censo al quitar a los precios que los halláreis, conforme a la pragmática de su Majestad, los cuales tomareis para el dicho efecto de la persona o personas que os lo quisieren dar, obligando a la seguridad de principal y réditos a la dicha Alhóndiga y todo el caudal que tiene y tuviere hasta haberlos redimido. Los cuales dichos dos mil ducados habéis de gastar y distribuir en las cosas necesarias para las dichas fiestas de la beatificación de la santa madre Teresa de Jesús. Y para que se distribuyan como más convenga y con entera cuenta y razón, mando y es mi voluntad que intervengan en ello y lo traten y ordenen el licenciado Juan de Medina y el licenciado Rodríguez de Villagutierre, Oidores de mi Consejo, juntamente con los diputados del estado seglar y eclesiástico que esa dicha mi villa y su consistorio en su nombre tiene señalados y nombrados para todo lo que a esto tocare: y en virtud del dicho nombramiento y de esta mi provisión habéis de nombrar y elegir luego una persona llana y abonada, la que más a propósito os parezca para que sea depositario o mayordomo de todo el dinero que se allegare y juntare para las dichas fiestas, así de estos dichos dos mil ducados, como de lo demás que en cualquier manera sea para ello, al cual se le haga cargo de todo enteramente, y lo que se fuere ordenando y gastando ha de ser con libranzas de Vos los dichos mis Oidores y diputados ya declarados, y no de otra manera. Y al dicho depositario se le ha de tomar cuenta de todo lo susodicho cada y cuando yo lo mandare; y en razón de los dichos dos mil ducados de censo que cargáis de sobre la dicha Alhóndiga, haréis y otorgaréis todas las escrituras que fueren necesarias Vos los dichos diputados a favor del comprador o compradores del dicho censo con las fuerzas, condiciones, sumisiones y firmezas que os concertáredes hasta que haya tenido cumpleto efecto, y en caso que por la cortedad que hay de tiempo, o por otras razones que sean eficaces, no halléis los dichos mil ducados de censo sobre el caudal de la dicha Alhóndiga con la brevedad que es necesario, teniendo consideración a las causas y razones referidas, doy licencia y facultad a Vos los dichos diputados para que de la dicha Alhóndiga y su caudal saquéis y toméis los dichos dos mil ducados y no más, de los cuales habéis de hacer lo que en esta mi provisión va declarado, de manera que por la orden ya dicha se gasten y distribuyan en lo que se ordenare para hacer las dichas fiestas, que todo esto lo dejo en vuestra confianza. = Y para todo ello, cada cosa y parte de ello, y lo demás anexo y dependiente, aunque aquí no vaya expresado, os doy y concedo tan entera y plena comisión, licencia y facultad, cuanto con fuero y con derecho os le puedo y debo dar y según que es necesario y más lugar ha, para declaración de lo cual mandé dar la que se presente, en la villa de Madrid a doce días del mes de agosto de mil y seiscientos y catorce.
            Yo el Duque de Alba y Condestable de Navarra.
[Sello ducal]
Facultad a la villa de Alba para tomar a censo dos mil ducados para ayuda al gasto de las fiestas de la beatificación de la santa Madre Teresa de Jesús, cargados a la Alhóndiga de dicha villa, y en caso que no se hallen a censo se saquen del caudal que ahora tiene, en conformidad de lo que han acordado en su ayuntamiento y suplicado a Vuestra Excelencia.
En la villa de Alba, a dos días del mes de setiembre de mil y seiscientos y catorce años, fue presentada esta provisión de su Excelencia el Duque, mi Señor, en consistorio ordinario. Presentes el licenciado Navarro, Corregidor en esta villa, y el licenciado Serrano y Don Francisco Ramírez, Don Antonio Castilla y Alonso de Paz, Juan José Creson (?)y  Don Pedro de Mendoza, Regidores procuradores; Sebastián López, procurador general de esta villa, y Gerónimo Rui, sesmeros del quarto de Rioalmar, y Francisco Muñoz, sesmero del quarto de Cantalberque, vecino de Rrengada, y Benito Sánchez, sesmero del quarto de allende el rio, vecino del de Sieteiglesias. Y les fue leída y notificada esta provisión y, habiéndola visto, la obedecieron con el acatamiento debido, y mandaron se guarde y cumpla como por ella su Excelencia manda, y se ponga un tanto de esta provisión en el libro del Consistorio, y en fe de ello firmé. Pasó ante mí, Jerónimo Esteban.
Manuel DIEGO SÁNCHEZ, carmelita

Publicado en Alba de Tormes al día.es

lunes, 15 de octubre de 2012

15 de Octubre de 1582 - 15 de Octubre de 2012


Un año más celebrando con júbilo, la Solemnidad de la Gran Doctora de la Iglesia, nuestra Santa Madre Teresa de Jesús,
Unida a toda mi familia carmelita  y a todos las almas teresianas del mundo, ruego a nuestra generosa Madre, Santa Teresa que nos ayude a transitar con ímpetu y alegría por el camino de la Fe en éste, su año. 

viernes, 5 de octubre de 2012

FUE UN 4 de OCTUBRE DE 1582...



El P. Ribera cuenta que, cuando murió la Santa: 

"quedó su rostro hermosísimo, sin arruga ninguna, aunque solía tener hartas, todo el cuerpo muy blanco y también sin arrugas, que parecía alabastro: la carne tan blanda y tan tratable como la suelen tener los niños de dos o tres años... Y sus miembros se mostraban tan blandos y tan tratables a los que los tocaban, que parece tenía la ternura de la niñez y se veían hermoseados con manifiestas señales de inocencia y santidad. De todos el cuerpo salía un olor suave..."

Eran las nueve de la noche del 4 de Octubre de 1582.

Aquel día la reforma gregoriana del calendario daba un salto de once días, de modo que ya no era el 4 sino el 15 de Octubre.
Era el atardecer en Alba, Alba de Tormes, donde se puso el sol - que escribiera Lope de Vega - y amaneció para siempre su resplandor, siempre resplandor de Cristo, su Esposo, su Amado... el Jesús de Teresa de Teresa de Jesús.






miércoles, 3 de octubre de 2012

TERESA DE JESÚS y FRANCISCO DE BORJA


A Santa Teresa de Jesús, le costó harto de entender el camino al que Dios la llamaba. Ella sentía que la encarnación del Verbo, el que Dios se hubiera hecho hombre en la persona de Jesucristo, era un signo claro de que la experiencia de Dios era algo que se debía buscar en gran parte en "uno mismo", la propia humanidad. Al parecer en esa época era escandaloso el "Serán perfectos como vuestro Padre celestial es perfecto", la Inquisición andaba muy atenta a cualquier novedad, tanto que el santo cuya memoria celebramos hoy, 3 de octubre, también fue puesto en el "índice" por su libro "Las obras del cristiano". San Francisco de Borja apoyó a nuestra santa y le recomendó no mortificarse ni cuestionarse tanto en el ejercicio de la oración.

Dice el P. Jaime Correa Castelblanco, en su trabajo "San Francisco de Borja":

"La gran Santa Teresa de Ávila, cuando enumera sus Cuentas de conciencia a las personas espirituales de la Compañía de Jesús con quienes habló de sus  cosas, dice: "al Padre Francisco, que fue duque de Gandía, traté dos veces".

El primer encuentro de los dos santos debió suceder en 1555 y el segundo en 1557, durante la Semana Santa. El tema de la consulta que Teresa propuso al Padre Francisco fue el de su oración, que tanto la atormentaba por esos años: "Yo pregunté al Padre Francisco si sería engaño esto, porque me traía boba, y me dijo que muchas veces acaecía." 

Y la misma Santa, en Camino de Perfección, dice: "era muy posible; a él mismo le acaecía."
"En ese tiempo vino a este lugar el Padre Francisco, que era duque de Gandía y había algunos años que, dejándolo todo, había entrado en la Compañía de Jesús. Procuró mi confesor para que le hablase y diese cuenta de la oración que tenía, porque sabía que iba adelante en ser muy favorecido y regalado de Dios, que, como quien había  mucho dejado por Él, aún en esta vida le pagaba. Pues, después que hubo oído, díjome que era espíritu de Dios y que le parecía que no era bien ya resistirle más... que si el Señor me llevase el espíritu, que no lo resistiese, sino que dejase llevarle a Su Majestad, no lo procurando yo. Como quien iba bien adelante, dio la medicina y consejo, que hace mucho en esto la experiencia. Dijo que era yerro resistir ya más. Yo quedé muy consolada; holgábame mucho que dijese era de Dios."

Dice Santa Teresa en el Libro de su Vida: "Más como Su Majestad quería ya darme luz para que no le ofendiese ya y conociese lo mucho que le debía, creció de suerte este miedo, que me hizo buscar con diligencia personas espirituales con quien tratar, que ya tenía noticia de algunos, porque habían venido aquí los de la Compañía de Jesús, a quien yo - sin conocer a ninguno - era muy aficionada, de sólo saber el modo que llevaban de vida y oración; más no me hallaba digna de hablarlos ni fuerte para obedecerlos, que esto me hacía más temer, porque tratar con ellos y ser la que era hacíaseme cosa recia." (V 23,3)